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Aprobada la modificación del pliego de condiciones de la DOP Guijuelo

La modificación del pliego de la DOP Guijuelo recibió el visto bueno de la Mesa de Coordinación de la Calidad Diferenciada el pasado 20 de agosto (del Ministerio, por tratarse de DOP supraautonómica, y de los ejecutivos de Andalucía, Extremadura, Castilla y León y Castilla la Mancha, CCAA de producción definida) y entró en vigor el 1 de septiembre con su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).La DOP Guijuelo lleva 40 años velando por la calidad del producto y lo seguirá haciendo como la primera y más antigua DOP de ibérico de España.

El Consejo Regulador ha emitido un comunicado que nos permitimos reproducir y en el que se precisa lo siguiente:

«Ante la polémica surgida en torno a esta noticia y las informaciones erróneas e inexactas que se están publicando y que persiguen perjudicar tanto la imagen de nuestra DOP como la de nuestros operadores, desde la DOP Guijuelo queremos aclarar que:

1. Esta modificación no conlleva riesgo de anular el vínculo, ni implica restricción a la comercialización del producto amparado (art. 24 del Reglamento (UE) 2024/1143) motivo por el cual la modificación no depende de la Comisión Europea.

2. El cambio en las condiciones del pliego se ajusta a la legalidad y ha sido aprobado por las autoridades competentes.

3. El requisito de materia prima susceptible de amparo, NI SE SUSTITUYE NI SE REBAJA, se amplía al 50% ibérico y se sigue certificando la mejor calidad para nuestros jamones 100% y 75% ibérico.

4. La modificación sustancial pauta requisitos que garantizan la calidad del producto de Guijuelo:

– Aumento de meses de curación de jamones y paletas DOP Guijuelo para asegurar secados lentos y naturales propios.

– Cumplimiento en canales amparadas de un mínimo del 54 % de ácidos grasos beneficiosos para la salud.

– Incorporación de menciones facultativas en piezas de calidad suprema.

-Introducción del marcado a fuego de las piezas como distintivo diferenciador de seguridad y garantía para el consumidor.

5. La DOP Guijuelo no establece su carácter diferenciador a través de la raza, esta no es una característica propia que vincule al medio geográfico.

6. El vínculo de la DOP Guijuelo con el medio, a través de la alimentación, el manejo de los animales y el proceso de CURACIÓN NATURAL de los jamones de Guijuelo, SÍ es propio de la zona amparada y otorga características únicas y diferenciadas a los productos certificados, permitiendo tiempos de elaboración muy superiores al resto de productos comparables».

Redacción

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