La Dirección General de la Industria Alimentaria del Magrama, que encabeza Fernando Burgaz, ha adoptado esta decisión favorable al Registro «sin perjuicio de la decisión definitiva que adopte la Comisión Europea».
Recordemos que, según el Reglamento de la Unión Europea, «una Indicación Geográfica debe poseer una cualidad determinada, una reputación u otra característica que pueda esencialmente atribuirse a su origen geográfico». Por tanto, el vínculo puedo estar asociado a la reputación y no es necesario demostrar unas características específicas en el producto que deriven del ámbito geográfico.
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